Hay un purgatorio, hay
indulgencias
Cristo Purificador instituye, a través de su Iglesia, las
Indulgencias
El
misterio de Dios Purificador en ultratumba.
De diferentes maneras, desde el principio del cristianismo, la
Iglesia universal no ha dejado de dar testimonio al Salvador justo y
misericordioso que no deja de purificar, después de la muerte corporal, las
almas inmortales cuya vida terrestre terminó sin que ellas hayan reparado,
completamente, sus faltas hacia Él.
Desde principios del siglo III,
Tertuliano remite a la tradición apostólica las ofrendas
eucarísticas por los difuntos. Clemente de Alejandría ve en
ellas un acto de compasión, Agustín y
Crisóstomo un alivio procurado a los muertos. Agustín evoca las
penas que las purifican. De ahí saca san Bernardo el sustantivo
purgatorio, en el siglo XI.
El concilio ecuménico de Florencia, en 1439, nos ofrece
(dependiendo de Benedicto XII, 1336) una formulación dogmática de esa penas
purificadoras que afectan a los difuntos: “Aquellos que han muerto en
amistad con Dios antes de haber hecho obras dignas de penitencia son purificadas
después de su muerte mediante penas purificadoras y se benefician de los
sufragios de los vivos”.
Estilo afirmativo que el segundo concilio ecuménico de Trento
completa negativamente anatematizando a los negadores de la permanencia de una
“pena temporal que se debe sufrir en este mundo o en el otro, en el purgatorio,
antes de acceder al Reino de los Cielos”. Luego, en su última sesión (diciembre
de 1563), el concilio no se limitó a recomendar la discreción en la predicación
sobre ese tema, sino insistió sobre el tema doctrinal: “La Iglesia católica,
instruida por el Espíritu Santo, enseñó según las Sagradas Escrituras y la
antigua tradición de los Padres, que hay un Purgatorio; las almas que ahí son
retenidas, son auxiliadas por las intercesiones de los fieles, en especial por
el sacrificio propiciatorio del altar; el concilio prescribe a los obispos que
tomen las debidas providencias para que esta doctrina del purgatorio sea creída,
enseñada y predicada en todo lugar”.
El Concilio Vaticano II citó este texto y reafirmó el dogma
mencionando “algunos discípulos del Señor purificados después de su muerte” (LG
51 y 49).
Hay un Purgatorio; es decir, hay un Dios purificador que purifica
a los bautizados aquí abajo y también, si no aceptaron esta purificación
terrestre, después de la muerte. Ningún alma puede entrar en el Reino de la
visión de Dios si no ha logrado una purificación plena de sus faltas.
La fe en Dios purificador expresa la esperanza en Dios. Entre el
infierno, alejamiento definitivo de Dios, y el Cielo, proximidad inmediata, el
purgatorio es aproximación progresiva. El alma del Purgatorio consciente de su
pecado, aún no plenamente reparado, experimenta un sufrimiento moderado por la
dichosa certeza de su salvación eterna. El mismo fuego divino es para el
condenado Suplicio, para el impuro Purificación, para el totalmente purificado
Beatitud.
Si algunos sobrevalúan al Purgatorio, otros subestiman su pena.
Solo aquellos que, en la fe, toman consciencia de la infinita santidad de Dios y
de las heridas que el pecador inflinge a la humanidad y a sí mismo, pueden
comprender el dolor de los impuros purificados. Este dolor escapa a la mayoría
de los hombres enceguecidos por el pecado. Los místicos lo intuyen merced
a la gracia misma que los purifica.
Esta es la misericordia de la Pureza Purificadora de Dios que
Cristo, a través de su Iglesia, continuará anunciando hasta el fin de la
historia a todas las generaciones. A la vez que anuncia los méritos de su Pasión
y de los santos, activos en las indulgencias.
El misterio de las santas
indulgencias, signos de la indulgencia de Cristo
Contrariamente a lo que algunos imaginan, la Iglesia de nuestro
tiempo a reafirmado solemnemente, por boca de Pablo VI, en 1967, la doctrina y
la práctica de las indulgencias.
A partir del siglo III, conscientes de la solidaridad entre
bautizados, que llamamos comunión de los Santos, “los penitentes hacían un
llamado a toda la comunidad, pedían a los confesores de la fe, cuyos
sufrimientos eran considerados preciosísimos, que los ayudaran, por sus méritos,
a obtener del obispo la reconciliación”, en el sacramento de la penitencia. “Las
oraciones y las buenas obras de los justos eran tan estimadas, continúa Pablo
VI, que se afirmaba: el penitente es lavado, purificado, rescatado, gracias a la
ayuda de todo el pueblo cristiano”; se “creía que la Iglesia satisfacía, en cada
uno de sus miembros (justos), como un solo cuerpo, unido a Cristo, para la
remisión de los pecados”.
Por ese motivo, los obispos, luego de haber establecido la medida
de la satisfacción que le pecador deseoso de reconciliación debía
brindar, “permitían que las penitencias canónicas fuesen reemplazadas por otras
obras realizadas por los penitentes mismos o por otros fieles”.
La Iglesia de los primeros siglos estaba convencida de esto: los
obispos podían liberar a cada creyente de las consecuencias de sus pecados por
la aplicación de los méritos de Cristo y de los santos.
Esta convicción condujo ala práctica de las Indulgencias.
La Indulgencia es la remisión de un castigo temporal debido al
pecado ya perdonado en tanto que ofensa a Dios. Recordémoslo: el perdón del
pecado no suprime la necesidad de una reparación por parte del pecador (de la
misma manera que un violador de un derecho humano puede recibir el perdón de la
víctima sin dejar estar obligado a reparar el daño que ha causado). Como todas
las madres, la Iglesia castiga corrigiendo, a la vez que perdona.
Entregando a Pedro y a sus sucesores las llaves del Reino de
los Cielos, Cristo les entregó el tesoro de sus méritos y de los méritos de los
santos que dependen de los suyos. Los papas pueden sacar de este tesoro
para beneficiar a los miembros débiles de la Iglesia con los méritos
superabundantes de los santos. Por el sacramento de la Reconciliación, la
Iglesia perdona las faltas; mediante las indulgencias paga las deudas que
resultan de las faltas.
Este perdón de las deudas no significa de ninguna manera una
dispensa respecto de la ley divina de la penitencia. Por el contrario, la
Iglesia condiciona la adquisición de una indulgencia plenaria y su aplicación,
por el bautizado, a sí mismo o recurriendo a Dios, a un difunto, a través de las
intenciones del papa y el recurso a los sacramentos en el contexto de una
caridad pura que detesta todo pecado, incluso venial. Sólo aquellos que tienden
a la perfección pueden, a través de la Indulgencia plenaria, apropiarse de
los méritos de Cristo y de su Iglesia. Los vivos sólo pueden beneficiarse
plenamente del tesoro de la Iglesia si es que están dispuestos a
acrecentarlo.
Adquiriendo Indulgencias, los bautizados manifiestan su fe en los
méritos superabundantes de Cristo, y de los santos, su comunión con el sucesor
de Pedro, su caridad sobrenatural respecto de ellos mismos y de los justos de la
Iglesia sufriente: la práctica de las Indulgencias” (agrega Pablo VI) constituye
un excelente ejercicio de caridad cuando es destinado a ayudar a nuestros
hermanos difuntos dormidos en Cristo.
En ese sentido, antes de su ruptura decisiva con Roma, Lutero
redactó, en 1517, un Tratado sobre las Indulgencias, donde se mostraba tan
sensible a su utilidad para la Iglesia, que escribía sin hesitar: mediante
ellas, “el papa va en ayuda de los difuntos”. Además, en mayo de 1518, Lutero
escribía al papa León X, a propósito de sus tesis sobre las Indulgencias: “Santo
Padre, reconozco su voz como la de Cristo, que habla y gobierna en usted”. La
violación de este compromiso está en el origen de la Reforma.
Hoy día, muchos bautizados podrían considerar, a la luz de la
doctrina permanente de la Iglesia, la bondad y las ventajas de las indulgencias
para la vida cristiana en el tiempo y en la eternidad.
Debemos reparar nuestras faltas frente a los muertos: la
adquisición y la aplicación de las indulgencias es uno de los medios más
hermosos de hacerlo. Tal vez esto fue lo que habían percibido esos cristianos de
Corinto cuando se daban, en favor de sus muertos, esos baños misteriosos
evocados por San Pablo (I Cor 15, 29): tal es al menos la interpretación dada
recientemente por muchos autores, especialmente por el exegeta dominico C.
Spicq.
Se puede ver que la doctrina y la práctica de las indulgencias
resultan de un largo desarrollo y de una aplicación de muchas verdades
misteriosas enseñadas por los Apóstoles en el Nuevo Testamento y primeramente
por la Tradición: a saber, la solidaridad de los cristianos entre ellos, la
oración eficaz de los vivos por los muertos en Cristo, el poder entregado a
Pedro y a sus sucesores de atar y desatar (las llaves del reino).
Se puede, entonces, hablar con respeto y gratitud, de un misterio
de las Indulgencias revelado en sus fuentes y dogmatizado por la Iglesia, un
misterio al que todos los cristianos confirmados por el Espíritu en la Sangre de
Cristo deben, después de haberlo estudiado con admiración y amor, dar
testimonio, aun con un martirio sangriento, si fuese necesario. Es verosímil,
por otro lado, que muchos de los mártires católicos de la época de la Reforma
dieron su vida por confesar frente al mundo este misterio de la Indulgencia de
Cristo que se manifiesta en las santas indulgencias de la Iglesia
Cortesía de: José Gálvez
Krüger
Tomado de Margerie S.J., Bertrand de
Le mystère des
Indulgentes
P. Lethielleux, París, 1998