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Familia y Planificación Personal

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Asunto:(familiayplanificacion) Menos divorcios pero más conflictivos
Fecha:Viernes, 29 de Mayo, 2009  00:22:09 (-0200)
Autor:Mirta Núñez <info @...............ar>

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Boletín FAMILIA Y PLANIFICACION PERSONAL

 

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FAMILIA Y PLANIFICACION PERSONAL

Boletín N° 348 , 29 de mayo de 2009  -  ISSN 1668-9046

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Hola a tod@s:
 
Impresionante la repercusión que tuvo el artículo publicado en el boletín anterior titulado "¿Ya no hay hombres? o ¿Qué precio estás pagando para estar en pareja?" de Elizabeth Orlando.Muchísimas mujeres se vieron como en un espejo.Sólo un hombre lo cuestionó.Y otro contó qué difícil había sido para él encontrar una mujer que lo sepa valorar y no le fuera infiel.

Ya está publicado en la web de la revista de papel Fojas Cero mi artículo sobre Cuánto puede durar un juicio.Alguien me dijo que no me hago buena propaganda contando que un juicio de cobro de honorarios mío duró 12 años.A esos les respondo que es mi costumbre decirle a mis clientes la verdad y no lo que quieren escuchar.Lamentablemente, la realidad es esa.Si en tres meses hubiera obtenido el mismo resultado por la agilidad de la justicia, lo hubiera publicado en letras rojas.

Una de las razones por la que mis clientes me elijen es porque no les creo falsas ilusiones ni les vendo espejitos de colores.
 
Mirta Núñez
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4373-1938

1) YERNO VIUDO SIN HIJOS TIENE DERECHO A HEREDERAR A LOS SUEGROS (fallo inédito)

Fallo inédito: el yerno puede heredar los bienes de sus suegros.

En un fallo considerado inédito y que sentaría jurisprudencia, la
Justicia le
reconoció a un yerno el derecho a reclamar la herencia de su fallecida suegra, incorporando un "nuevo orden sucesorio" familiar.

En el fallo, la Justicia de Córdoba declaró inconstitucional la
norma que sólo reconoce el derecho de la viuda sin hijos a heredar bienes de sus suegros, una norma que, en iguales condiciones, niega el mismo beneficio al viudo.

Con el "nuevo orden sucesorio", los yernos viudos podrán heredar los bienes de sus suegros, beneficio que antes sólo era reconocido a las mujeres viudas, según dispone el Código Civil en su artículo 3.576 bis.

Ese artículo, precisamente, fue considerado inconstitucional por el juez José Luis García Sagués, del Juzgado Civil y Comercial de 27a. Nominación de esta capital, a pedido de Alicia García de Solavagione, fiscal Civil, Comercial y Laboral.

Con esta resolución, el demandante, Rubén Darío Vallero, viudo de María Canutti, fallecida en 2001, heredará los bienes de su suegra, Agustina Morales, quien murió en 2006.
El fallo sostuvo asimismo que el demandante fue "discriminado, sin razón que lo justifique, y por el solo hecho de ser hombre, de acceder a la sucesión de su suegra, en tanto que él se encuentra en las mismas condiciones que ese precepto le exige a la mujer, en su estado de nuera viuda y sin hijos".

La fiscal García de Solavagione consideró asimismo que el fallo excede este causa en particular, pues a su juicio se trata de "un caso testigo, que sienta jurisprudencia porque es el primero y único en el país, que incorpora un nuevo orden sucesorio".

El artículo 3576 bis C.C., incorporado por la ley 17.711 (ley Borda) del año 1968, dice:
"Derecho de la nuera viuda sin hijos en la sucesión de sus suegros.La viuda que permaneciere en ese estado y no tuviere hijos, o si que si los tuvo no sobrevivieren en el momento en que se abrió la sucesión de los suegros, tendrá derecho a la cuarta parte de los bienes que le hubieren correspondido a su esposo en dichas sucesiones.Este derecho no podrá ser invocado por la mujer en los casos de los artículos 3573, 3574 Y 3575".(no haberse vuelto a casar, no vivir en concubinato, etc.)

Mi opinión es favorable al fallo, ya que resulta discriminatorio para hombre no heredar a los suegros si la mujer  puede hacerlo. Así como hoy el hombre recibe la pensión de la mujer cuando ésta fallece, considero legítimo su derecho a herederar a los suegros si permanece sin hijos y sin casarse.
Téngase presente que sólo se hereda la cuarta parte de lo que hubiera heredado el cónyuge, no la totalidad.
Este fallo es el primero que reconoce el derecho del hombre a heredar ese porcentaje y cumpliendo los mismos requisitos de la nuera viuda.Esperemos que el próximo paso sea que el legislador modifique la norma e incluya en el mismo artículo a la nuera o yerno viudo sin hijos, para evitar tener que declarar la inconstitucionalidad de la norma.

Cuando se incorporó el art. que otorgaba ese pequeño derecho hereditario a la nuera viuda sin hijos, Guillermo Borda, el autor de la reforma, decía: "...El carácter asistencial explica que se conceda a la viuda y no al viudo, por que se supone, con razón, que el hombre tiene mas posibilidades de ganarse la vida que la mujer; es esta que a la muerte del marido suele quedar en un cruel desamparo..."
 
Hoy esto ya no es así.Al menos no lo es en todos los casos.Por ende propongo que el artículo 3576 bis C.C. sea reformado reconociendo idéntico derecho al yerno viudo sin hijos que a la nuera viuda.
 
Mirta Núñez
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4373-1938
 

2) MENOS DIVORCIOS, PERO MÁS CONFLICTIVOS.
Nota de la editora del boletín: este artículo fue publicado en un diario español y recoge la realidad social y legislativa de ese país.Pero me pareció importante compartirlo ya que en Buenos Aires también los clientes me han planteado alternativas similares a las que menciona esta nota.Los consultantes ahora proponen tramitar todo el divorcio, recuperar su libertad de poder tener una nueva relación afectiva, pero seguir viviendo en la misma casa con su ex por razones económicas.Nadie quiere dejar la casa.¿Será éste un nuevo modelo de familia? Divorciados con sentencia, sociedad conyugal disuelta, fin del debe de fidelidad, crianza compartida de los hijos y un amante cada uno fuera de la casa y el esposo o la esposa en la casa, aunque en cuartos separados?
No me parece lo más saludable, ni para ellos (que por algo se están separando) ni para los hijos.¿O sí? ¿Qué opinan los psicólogos?

Mirta Núñez
 
 
Los costes de la ruptura del matrimonio
Menos divorcios, pero más conflictivos

Ana Salamanca | Efe | Madrid

La ruptura del matrimonio tiene un coste emocional y otro económico. El desempleo y el pago de la hipoteca han reducido las demandas de divorcio, pero son cada vez más las parejas que acuden al juez sin acuerdo, y se multiplican las demandas para modificar las pensiones fijadas antes de la crisis.

En los juzgados se incrementan las ejecuciones por impago de pensiones alimenticias o compensatorias y en los despachos de abogados de familia han aumentado también los trámites de divorciados que han perdido el empleo o complementos salariales, y que piden reducir las manutenciones establecidas por el juez.

Con las estrecheces económicas "se hace más difícil alcanzar acuerdos", constata el abogado Luis Zarraluqui, que preside el mayor despacho especializado en Derecho Familiar. Hay profesionales, asalariados o autónomos, añade, que han visto mermar sus ingresos, pero también sus cónyuges creen ver en la crisis un pretexto para reducir las obligaciones.

Y aumentan los contenciosos...
 
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Hay parejas que no se divorcian por el gasto. Optan por una separación de hecho y hacen "acuerdos privados para dejar clara su nueva forma de vida, sin oficializarlo", explica Trinidad Bernal, doctora en Psicología, con más de 20 años de experiencia en mediación familiar. Puede haber cierta disminución de divorcios, agrega, pero "no porque no existan, sino porque todo lo que supone un coste se aplaza, y se buscan otras fórmulas".

Si la situación económica es muy deficitaria, "la separación no se lleva a cabo, porque no hay nada que repartir", y las personas intentan ingeniárselas, aunque hay fórmulas de convivencia -opina- difíciles de mantener. Es cierto que "las penas con pan son menos".

El divorcio puede costar al menos unos 1.800 euros, y se duplica si es contencioso. La minuta puede variar en función de las circunstancias y el tiempo que se alarguen las negociaciones, precisa Isidro Niñerola, presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia.

Juntos hasta vender la vivienda

En los últimos meses, el parón en las ventas inmobiliarias y los problemas para conseguir crédito dificultan el cumplimiento de los convenios reguladores que determinaban la liquidación del domicilio conyugal en un precio y un plazo de tiempo. Y surgen pactos antes impensados.

Los tribunales acogen ya "soluciones puente", agrega el presidente de los abogados de familia. Casos en los que, cuando no hay manera de vender el piso, y para evitar la subasta pública, se ha adjudicado a un miembro de la pareja a precio de tasación, y han acordado compartir techo durante un tiempo hasta que el otro recibe las llaves de la nueva casa. La vivienda es hoy "el tema más espinoso", afirma Luis Zarraluqui. Y la legislación propicia que "los niños vengan con un piso debajo del brazo, lo cual les hace más atractivos. Muchas veces, la gente pelea por la custodia, y no está peleando por ellos, sino por la casa".

...
También hay propuestas arriesgadas. Parejas que plantean si pueden divorciarse y seguir compartiendo techo, o si deben esperar a vender el piso para legalizar su ruptura, según Alberto Rubio, creador de Separacionline.com, que tramita rupturas de mutuo acuerdo por Internet.

"Lo normal es que el juez ponga objeciones a aprobar el convenio regulador si van a seguir viviendo juntos", responde. Pero sí se ha aceptado la división de viviendas grandes o de un dúplex, asignándose una planta a cada cónyuge y que los hijos compartieran todo el espacio.

Hay fórmulas de convivencia difíciles de mantener, opina la psicóloga Trinidad Bernal, "soluciones que no sé qué aguante van a tener", como es el caso de las personas que vuelven a vivir con los padres. Pero permanecer en la misma casa puede tener consecuencias bastante negativas, y tampoco beneficia a los hijos.

"La separación física permite tranquilizar las emociones. Si no es posible convivir pacíficamente, seguir bajo el mismo techo puede agravar el conflicto emocional y ocasionar conductas que luego todos lamentamos", explica esta experta, directora de la Asociación Atención y Mediación a la Familia en Proceso de Cambio (ATyME).

Viendo la oportunidad, una inmobiliaria de la provincia de Huelva ofrece pagar el divorcio, en casos de mutuo acuerdo, a los clientes que compren uno de sus pisos. En 10 días ha acudido una veintena de clientes, dijo un portavoz de la empresa, por lo que se plantean hacer acuerdos con promotores de otras provincias y particulares.

Custodia compartida

La estadística judicial no recoge las resoluciones de custodia compartida de los hijos, aunque los abogados de familia confirman un aumento de las demandas "y de casos en los que se llega a ella de común acuerdo", asegura Zarraluqui.
Los padres -añade Niñerola- quieren un reparto de tiempos igualitarios, más allá del fin de semana alterno. "El camino es ampliar las comunicaciones, las pernoctas entre semana, y olvidar los regímenes estándar".

3) HUMOR:  edad.
¿No les ha pasado alguna vez que miran a otra persona de su misma edad y piensan que seguramente yo no puedo parecer tan vieja? Bueno, lean esta historia.

Mi nombre es Patricia Gutiérrez y estaba sentada en la sala de espera del dentista para mi primera consulta con él. En la pared estaba colgado su diploma, con su nombre completo.

De repente, recordé a un muchacho alto, buen mozo, pelo negro, que tenía el mismo nombre, y que estaba en mi clase del secundario, como 30 años atrás. ¿Podría ser el mismo chico del cual yo estaba secretamente enamorada?

Pero después de verlo en el consultorio, rápidamente deseché esos pensamientos. Era un hombre pelado, canoso, su cara estaba llena de arrugas, y lucía muy viejo como para haber sido mi compañero de clase.

Después que examinó mis dientes, le pregunté si había concurrido al  Nacional Buenos Aires.
— Sí , sí !!! sonrió con orgullo...
Le pregunté:
— ¿Cuándo te graduaste?
Me contestó:
En 1975. ¿Por qué me lo preguntás?
Yo le dije:
¡Vos estabas en mi clase !

El me miró detenidamente y dijo: ¿ PROFESORA DE QUÉ ERAS ?
 

 4.-  POESIA: No te salves, de Mario Benedetti 

 

NO TE SALVES

            .
No te quedes inmóvil al borde del camino

no congeles el júbilo

no quieras con desgana

no te salves ahora

ni nunca.
 

No te salves

no te llenes de calma

no reserves del mundo

sólo un rincón tranquilo

no dejes caer lo párpados

pesados como juicios

no te quedes sin labios

no te duermas sin sueño

no te pienses sin sangre

no te juzgues sin tiempo.
 

Pero si

pese a todo

no puedes evitarlo

y congelas el jubilo

y quieres con desgana

y te salvas ahora

y te llenas de calma

y reservas del mundo

sólo un rincón tranquilo

y dejas caer los párpados

pesados como juicios

y te secas sin labios

y te duermes sin sueño

y te piensas sin sangre

y te juzgas sin tiempo

y te quedas inmóvil

al borde del camino

y te salvas

entonces

no te quedes conmigo .

Mario Benedetti  

p.d.: puede verlo en un video recitado por Darío Grandinetti en el blog www.escrituraimplicada.blogspot.com

 
 

5) ARTICULOS NUESTROS EN OTROS SITIOS:

  1. Inconvenientes de donar anticipadamente los bienes a sus hijos: http://todopropiedades.com/econom58.shtml
  2. Planificación patrimonial antes de volverse a casar: http://www.emprendedoras.com/article1793.html
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Esta semana seguimos homenajeando al recientemente fallecido escritor uruguayo y regalamos el libro digital:

"RINCON DE HAIKUS"

 de Mario Benedetti

Lo peor del eco
es que dice siempre
las mismas barbaridades.

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Abogada especialista en Familia y Sucesiones (U.B.A., 1982), Mediadora ,Psicóloga Social ,formación en Psicología Familiar Sistémica, Gestalt, Psicodrama Psicoanalítico, Consultora en Planificación Personal, Patrimonial y Sucesoria, Coach Personal y Profesional, ex docente de la U.B.A. y del C.P.A.C.F., Curadora de Insanos en la Justicia Civil, Directora del boletín "Familia y Planificación Personal" desde el año 2003, titular del Estudio Jurídico y Consultoría en Planificación Personal ubicado en la zona de Tribunales de Capital Federal , Argentina.
Su sitio web está posicionado Google Argentina en primer lugar bajo las palabras clave "abogada de familia" por la calidad de sus contenidos informativos y educativos. Premio al Esfuerzo Personal 2008.
Colaboradora de varios medios de comunicación gráficos, radiales, televisivos y en portales de internet, autora de múltiples artículos de divulgación y educación en temas jurídicos y psicosociales y de libros digitales. 
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