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Asunto:[forodeconsorcios] Consulta
Fecha:Miercoles, 2 de Abril, 2008  14:21:26 (-0300)
Autor:Mi Belgrano <mibelgrano2003 @.........ar>

Pregunta
Estamos alquilado un dto de oficinas en Belgrano desde hace 3 años, la administración del consorcio deja bastante que desear, los arreglos hay que esperarlos años, pero mi pregunta es si las expensas extraordinarias no debe de pagarlas el dueño o en su defecto,  si se llega a un acuerdo con el mismo,hacerlo el inquilino,  cosa que no paso en nuestro caso, .
Cuando esto lo consulté con la administración la respuesta fue: "acá todas las expensas son comunes, no hay extraordinarias" por lo que arreglos como la membrana del techo la tuvimos que pagar todos los que aqui alquilamos,
Mi pregunta es: ¿ hay opción para que los administradores  determinen si hay o no expensas extraordinarias o es solo una decisión de esta administración en particular?

Respuesta
No existe diferenciación de expensas extarordinaria u ordinarias, cuando de gastos de mantenmimiento se habvla, extraordinarias son las expensas que se deciden en una asamblea y sona justamente para un gasto extraordinario, como por ejemplo cambiar el hall de entradas, pinturas de pallieres etc., cambios de cañerías de gas, electricidad,reparación de ascensores , reparación de departamentos son de mantenimiento. Debería leer que dice su contrato a cargo de quién están las expensas , si  no hay diferenciación están a su cargo, el administrador no tiene obligación de dividirlas , salvo que , como expresé las expensas estén decididas por asmableas y se le otorgue ese carácter, debiendo tener el monto total y en cuántas cuotas se recauda.-
atte
 
 
Dra. Diana C. Sevitz
4784-8251/ fax 4784-8072
dsevitz@velcom.com.ar
www.estudiodianasevitz.com.ar


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