 | | Asunto: | [forovillarrica] Desarrollo intercultural respetando a los pueblos indígenas | | Fecha: | 26 de Abril, 2005 16:08:38 (+0200) | | Autor: | ManuelGross <manuelgross44 @.....com>
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Desarrollo intercultural respetando a los pueblos indígenas
El tema indígena, y especialmente en esta zona el tema mapuche, debe ser
tratado con una especial dedicación, considerando los múltiples valores
religiosos y culturales propios de esta etnia, que no pueden seguir siendo
ignorados ni por el estado de Chile ni por los ciudadanos que interactuamos con
las personas de origen mapuche. El siguiente artículo de José Aylwin repasa el
tema de los derechos indígenas.
Derechos indígenas en Chile: A un año del Informe del Relator de la ONU
Lamentablemente, a un año del Informe, no son muchos los avances que se
pueden observar en el país en el cumplimiento de las recomendaciones en el
formuladas por el Relator Stavenhagen.
por José Aylwin Oyarzún*
Este mes se cumplió un año desde que el Relator Especial de la ONU para los
Derechos Indígenas, Rodolfo Stavenhagen, presentara su informe sobre Chile ante
la Comisión de Derechos Humanos de la misma organización internacional. Como
recordamos, en dicho Informe el Relator Stavenhagen señaló que a pesar de los
avances verificados los últimos años en el país en la materia, los indígenas
seguían “viviendo una situación de marginación y negación que los mantiene
apartados significativamente del resto del país”.
Constató, además, las
limitaciones del ordenamiento jurídico vigente para la protección de sus
derechos. Criticó la criminalización de las demandas indígenas, instando a que no
se aplicasen acusaciones de delitos tomados de otros contextos (“amenaza
terrorista”, “asociación delictuosa”) a hechos relacionados con “la lucha social
por la tierra y los legítimos reclamos indígenas”.
Propuso al gobierno
considerar la declaración de una amnistía general para los indígenas procesados
por sus actividades de defensa de las tierras indígenas. Recomendó a los
distintos órganos del Estado desarrollar acciones legislativas, administrativas,
políticas y económicas con miras a lograr un mayor reconocimiento y vigencia de
estos derechos. Finalmente, planteó la necesidad de generar “mecanismos de
dialogo para la resolución de los conflictos interétnicos, con el propósito de
lograr el reconocimiento efectivo de los derechos culturales, políticos y
territoriales de los pueblos originarios”. Lamentablemente, a un año del
Informe, no son muchos los avances que se pueden observar en el país en el
cumplimiento de las recomendaciones en el formuladas por el Relator Stavenhagen.
En materia social el Coordinador de Política Indígena de gobierno y Subsecretario
de MIDEPLAN, Jaime Andrade, dio cuenta hace unos días atrás ante la Comisión de
Derechos Humanos de la ONU en Ginebra de una serie de acciones públicas en
beneficio de los indígenas, las que incluían un programa especial de Chile
Solidario, la política de tierras –el que habría significado la trasferencia de
230 mil has. a indígenas entre el 2000 y el 2004-, el programa de becas
indígenas– que totalizaron 33 mil el 2005-, y el Programa de Educación
Intercultural Bilingüe. Se trata de iniciativas valorables, por cierto, pero que
deben ser analizadas con mayor profundidad para determinar sus reales
implicancias en favor del desarrollo indígena. La política de tierras indígenas,
por ejemplo, ha adolecido de muchos defectos que han sido reconocidos por el
propio gobierno, como no haber ido acompañadas de programas de apoyo al
desarrollo económico, o no considerar el otorgamiento a sus adjudicatarios de
derechos sobre los recursos naturales que resultan indispensables para hacerlas
producir.
Por otro lado, la mayor parte de las tierras consideradas como
trasferidas a indígenas, son en verdad tierras ancestrales indígenas cuya
propiedad es, a través de esta política, saneada o regularizada. Muchas
comunidades, como Quinquén en la región de la Araucanía, deben esperar largos
años antes de que se le otorgue la propiedad de la tierra que reclaman, lo que
genera frustración e incertidumbre.
Más grave aún, la desprotección en que se
encuentran los derechos indígenas sobre sus tierras y recursos naturales y
culturales, en particular frente a proyectos de inversión que se realizan en
ellas o alrededores, sigue siendo la misma. La central Ralco, que hace
exactamente un año atrás inundara, sin previo aviso, un cementerio indígena en
momentos en que la comunidad dialogaba con CONADI en torno a su relocalización,
es un claro ejemplo de ello. La forestación con especies exóticas de rápido
crecimiento por el sector privado -con el aval y subsidio del Estado- de tierras
indígenas o tierras reclamadas por sus comunidades, lejos de revisarse, ha sido
acelerada en el último año, con grave impacto para las comunidades y su medio
ambiente.
Otra realidad que sigue plenamente vigente es la del desconocimiento
jurídico de los derechos indígenas. Para enfrentar esta situación el ejecutivo,
en el marco de la política del “nuevo trato,” ha propuesto recientemente al
Congreso Nacional un proyecto para lograr el reconocimiento constitucional de los
pueblos indígenas. La iniciativa, sin embargo, se limita a reemplazar el inciso
final del artículo 1° agregando en su parte final un texto que dispone: “la ley
garantizará el derecho a conservar, desarrollar y fortalecer la identidad,
idiomas, instituciones y tradiciones espirituales, sociales y culturales de los
pueblos indígenas que habitan el territorio nacional”.
Nuevamente, aunque la
actitud del ejecutivo es valorable, no se considera esta propuesta, como se hace
en los textos constitucionales de numerosos países latinoamericanos, y como lo
propone el Informe de la Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato que el
mismo gobierno creara, el reconocimiento de derechos políticos, territoriales o
culturales específicos que permitan que esta reconocimiento no sea meramente
declarativo, sino que posibilite el resguardo efectivo de los derechos indígenas
en el país, cuya desprotección ha generado los conflictos que conocemos.
El
Convenio 169 de la OIT, que constituye el instrumento internacional más
relevante de protección de derechos indígenas sigue sin ser ratificado por el
Congreso.
Finamente, en materia de justicia, el ejecutivo siguió haciéndose
parte durante el 2004 en juicios relativos a acciones ocurridas en el marco de
los conflictos de tierras que involucran a personas o comunidades mapuche,
solicitando en ellos la aplicación de la ley antiterrorista. Tales juicios, que
de acuerdo a diversos analistas obstaculizan el debido proceso al permitir el uso
de testigos sin rostro, al posibilitar la detención preventiva de los imputados
por largos periodos, han resultado en la condena de cerca de una decena de
mapuche a elevadas penas de cárcel, en algunos casos –como el de los lonkos
Pichún y Norín- a cinco años y un día por la mera amenaza de una acción
calificada arbitrariamente como terrorista.
En un intento por explicar esta
conducta del Estado, el Subsecretario Andrade señaló en su reciente intervención
ante la ONU: ”La legislación Antiterrorista, ha debido ser invocada al
encontrarnos frente a situaciones de extrema gravedad, lo que ha ocurrido en
catorce procesos desde 1992 a la fecha.” Y luego agregó que “…las acciones
judiciales que se han debido iniciar por parte del Gobierno que han involucrado a
indígenas han estado encaminadas a sancionar a los autores de delitos, y en caso
alguno a 'criminalizar' o 'judicializar' el movimiento indígena. La imputación a
determinadas personas ha estado establecida por el delito y el resultado de las
investigaciones llevadas a cabo, y no por el origen de los imputados.”
Como
hemos señalado en reiteradas oportunidades desde el Observatorio de Derechos de
los Pueblos Indígenas, no se trata de no perseguir las acciones delictivas que
puedan haber cometido los mapuche en el marco de estos conflictos, sino de
hacerlo utilizando para ello la legislación ordinaria vigente y no tipos
especiales como el de la ley antiterrorista, que no se ajusta a la realidad de
los hechos que se trata de sancionar.
Del mismo modo, hemos sostenido que en el
marco de este conflicto se deben perseguir también por parte del gobierno, y del
Ministerio Público, con el mismo celo que en los casos en que se acusa a los
mapuche, los delitos cometidos en contra de mapuche, como aquellos que son
imputables a propietarios agrícolas aledaños a sus comunidades o los abusos
policiales que, no en pocas oportunidades, se han registrado en sus comunidades,
afectando incluso a niños y ancianos.
La voluntad manifestada por el Subsecretario Andrade de no utilizar la
legislación antiterrorista en contra de los mapuche sino en casos de extrema
gravedad es relevante. Ella se pondrá a prueba, sin embargo, en el marco del
nuevo juicio que deberá realizarse pronto en Temuco en contra de los mapuche a
quienes el Ministerio Público, el mismo gobierno y particulares, entre ellos el
ex Ministro Figueroa, acusó de integrar una asociación ilícita terrorista. Ello
luego de que la Corte Suprema anulara el fallo absolutorio del Tribunal Oral en
lo Penal de esta ciudad en esta causa.
Dado la inexistencia de pruebas que
permitan demostrar que los acusados son parte de una asociación que reviste los
caracteres de ilícita y terrorista, el gobierno tiene aquí la oportunidad de
demostrar, a través de su desistimiento en esta causa, su voluntad de no
criminalizar las demandas de los mapuche como lo solicitara el Relator
Stavenhagen en su Informe.
Esperamos que así sea.
José Aylwin. Director
del Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas (observatorioderechosindigenas@yahoo.es).
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